lunes, 21 de noviembre de 2011

Resolución de TSJA sobre el Protocolo de Integración del SAE

Me ha dado vergüenza ver como hay personas que "ni comen ni dejan comer". Es penoso saber que existen en la administración una partida de "lobos" que para lo único que sirven es para devorar a los demás. Meten en el mismo saco a todo el personal de las "Instrumentales" cuando hay muchas personas trabajadoras que se han ganado sus puestos de trabajo a base de sus esfuerzos y capacidades. Habrá muchos dentro del colectivo de FAFFE que hayan entrado a dedo, pero otros no. Habrá trabajadores/as en las UTEDLT que hayan entrado a dedo (Directores/as), pero otros han tenido que superar una valoración curricular y un examen oral dentro de la entrevista de trabajo. En otros casos, ese examen oral era la defensa de un proyecto sobre el desarrollo local en el municipio considerado. Este proceso pues ¿no respeta los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad?.
En ningún momento los ALPEs-UTEDLT se convertirían en funcionarios/as, las aspiraciones solo eran las de ser personal laboral de la Agencia SAE. Personal laboral!!!!. Me gustaría saber ¿qué pruebas han tenido que superar el personal laboral de la Junta que pasaron a la Agencia SAE? ¿Dónde están esas pruebas y dónde se han publicado?.
El estatuto del empleado público reconoce diferentes tipos de empleados públicos: Funcionarios de carrera, Funcionarios interinos, personal laboral, ya sea fijo, por tiempo indefinido o temporal y personal eventual.
Asímismo, este estatuto establece que el proceso selectivo de personal laboral fijo será el de oposición, concurso-oposición o concurso de valoración de méritos.
Los ALPEs-UTEDLT como mínimo hemos superado una prueba de valoración de méritos, por lo tanto, ¿por qué no podemos ser personal laboral del SAE? Todos tenemos una carrera universitaria, multitud de experiencia laboral sobre el desarrollo local y multitud de cursos relacionados con el mismo.
Entonces, ¿Por qué?


Y ¿Por qué?



miércoles, 16 de noviembre de 2011

Un hilo de esperanza:

Una bocanada de oxígeno: Otra vez Solicitud de Subvenciones para los ALPEs

Nuevamente se ha abierto el período de Subvenciones para financiar a los ALPEs-UTEDLT más allá del 30 de junio de 2012. Los Consorcios están ahora preparando sus solicitudes de subvención para el futuro 2012-2013.
El futuro se aclarará a partir del próximo 15 de diciembre cuando termina el plazo de solicitud.
Para muchos ALPEs será más probable que le toque la lotería de Navidad que seguir trabajando para sus Ayuntamientos desde sus Consorcios.
¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡SUERTE!!!!!!!!!!!!!!!!

domingo, 6 de noviembre de 2011

La consejería de empleo define su presupuesto para 2012

...El consejero también ha citado las partidas destinadas al desarrollo local, que contarán con más de 63 millones, para financiar la actividad de los agentes de Promoción de Empleo y los proyectos de empresas calificadas como I E (Innovación y Empleo).

http://www.teleprensa.es/andalucia-noticia-329343-el-presupuesto-de-la-consejera-de-empleo-aumenta-un-1-hasta-alcanzar-los-13222-millones.html

lunes, 31 de octubre de 2011

El Consejo de Ministros del 28 de octubre de 2011 aprueba la EEE

APROBADA LA ESTRATEGIA ESPAÑOLA DE EMPLEO 2012-2014
  • Garantizará la igualdad en la atención a los desempleados en todas las Comunidades Autónomas.
  • La norma dará flexibilidad a las Comunidades Autónomas en el diseño de las políticas activas de empleo para adecuarlas a las necesidad de su mercado laboral.
  • Por primera vez se marcan objetivos de cumplimiento de políticas de empleo con indicadores concretos.
El Consejo de Ministros ha aprobado la Estrategia Española de Empleo 2012-2014. Esta Estrategia persigue conseguir un objetivo central que es fomentar el empleo de la población activa y aumentar la participación de hombres y mujeres en el mercado de trabajo, mejorando la productividad y la calidad en el empleo en un mercado de trabajo sostenible basado en la igualdad de oportunidades, la cohesión social y territorial.
Este objetivo se concreta en los siguientes:
  • Elevar la participación en el mercado de trabajo y reducir el desempleo, con la consecución de una tasa de empleo del 74 por 100 para la población de entre 20 a 64 años en el horizonte 2020, y del 68,5 por 100 para el empleo femenino.
  • Reducir la temporalidad y la segmentación del mercado de trabajo.
  • Reforzar el trabajo a tiempo parcial y la flexibilidad interna de las empresas.
  • Mejorar y adecuar las competencias profesionales a las necesidades del mercado.
  • Promover una rápida y adecuada reinserción de las personas en el mercado de trabajo.
  • Promover la igualdad de género en el mercado laboral.
Esta iniciativa se enmarca en la reforma de las Políticas Activas de Empleo, a la que el Gobierno dio luz verde el pasado mes de febrero, y se deriva del Acuerdo Social y Económico. Ha sido elaborada en colaboración con las Comunidades Autónomas, las organizaciones sindicales y empresariales, y consensuado con el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), el Consejo de Economía Social y las organizaciones de trabajadores autónomos.

Unidad de atención de los usuarios en todo el territorio
Mediante la Estrategia Española de Empleo se garantiza la unidad en la atención de las personas usuarias en todo el territorio y da a las Comunidades Autónomas suficiente flexibilidad para adecuar las políticas activas de empleo a las características de los mercados de trabajo de cada mercado de trabajo.
La aprobación de la Estrategia permitirá la evolución desde el actual modelo basado en la gestión de subvenciones a un modelo de servicios a la ciudadanía, poniendo a la persona en el centro de la acción de los Servicios Públicos de Empleo. Será una atención personalizada que implicará un diagnóstico, un itinerario y un Acuerdo Personal de Empleo que alcanzará a un número progresivamente de personas y se universalizará en 2013 para toda la población desempleada.
Del mismo modo, se apuesta por una mayor relación entre políticas activas y pasivas; colaboración público-privada y evaluación de todas las políticas y medidas correctoras.
LÍNEAS DE ACTUACIÓN
Consta de diez ámbitos de actuación que se agrupan en cuatro líneas:
1.Orientación.
2.Cualificación.
3.Oportunidades de empleo y mejora de la estructura del mercado de trabajo.
4.Emprendimiento y desarrollo económico local.
El método para toda línea de actuación comenzaría con su propia definición, se determinarán los colectivos prioritarios de cada ámbito, se definen las acciones y medidas de políticas activas de empleo que deben realizarse y que la Estrategia no regula porque corresponderá a las Comunidades Autónomas, dotándoles de mayor flexibilidad.
Estos objetivos estratégicos contarán por primera vez con indicadores adecuados claros, medibles y fiables, que permitirán evaluar su grado de cumplimiento.
9,5 millones de potenciales beneficiarios
El número medio de potenciales beneficiarios de las actuaciones previstas en la Estrategia Española de Empleo podrían alcanzar los 9,5 millones de personas anuales.
La inversión estimada para el período de vigencia de la Estrategia superará los veinticuatro mil millones de euros. Procederá de los Presupuestos Generales del Estado, de los ingresos por cuotas de formación de empresarios y trabajadores, del Fondo Social Europeo y de los fondos propios de las Comunidades Autónomas.

Las Comunidades Autónomas también tendrán más flexibilidad también a la hora de gestionar las inversiones en política activa de empleo, si bien se abre la puerta a que aquellas que no cumplan los objetivos fijados vean mermadas las inversiones futuras.


Otras:


APROBADA LA ESTRATEGIA GLOBAL DE EMPLEO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE MÁS EDAD 2012-2014


REGULADA LA PROTECCIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS

REGULADAS LAS PRÁCTICAS NO LABORALES EN EMPRESAS

lunes, 24 de octubre de 2011

Quee.....We are the champions

Y nos llega..........una propuesta sobre Políticas Activas de Empleo para Andalucía

PROPUESTA PARA LA ESTRATEGIA DE EMPLEO ANDALUZA

Para trabajar las Políticas Activas de empleo (PAE) en el ámbito local se crearía o modificarían los Centros/Oficinas de empleo ya existentes, de manera que proporcionando respuestas a la mayor parte de los municipios y entidades locales de Andalucía, coexistieran TRES tipos de servicios:

1) Servicios de Intermediación.
2) Servicios de Inserción
3) Servicios para el Desarrollo Local. Este a su vez integraría:
a. Servicios de Asesoramiento a Empresas.
b. Servicios de Formación, tanto para personas desempleadas como trabajadoras.
c. Servicios de Proyectos Locales.

En los Servicios de Intermediación se desarrollarían todas la actuaciones que se vienen realizando en las Oficinas de Empleo.
En los Servicios de Inserción abarcaría todas las actuaciones que realizan Andalucía Orienta y los Centros de recursos para la Orientación.
Y en los Servicios para el Desarrollo Local abarcarían todas las acciones que hasta ahora son competencias de los Agentes Locales de Promoción de Empleo (ALPEs).

Estos nuevos Centros de Empleo estarían coordinados por las Áreas Territoriales (AT) y estarían bajo la supervisión del Consejo de Empleo Andaluz (Consejo de Administración del SAE). Este consejo se responsabilizará de la planificación e implantación de las Políticas Activas de Empleo (PAE) en todo el territorio andaluz.

miércoles, 12 de octubre de 2011

Otro hecho muy importante en esta historia

El 19 de febrero de 2011, se publicó el RD Ley 1/2011 sobre la reforma de las Políticas Activas de Empleo y en su disposición derogatoria, deroga todas las normativas que regulan las Políticas Activas de Empleo. Así: (BOE núm.43 de 19 de febrero)
"Disposición derogatoria única. 
Derogación normativa.

1. Quedan derogadas las disposiciones siguientes:

a) El capítulo II del Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, por el que en cumplimiento de lo previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, se regula el empleo selectivo y las medidas de fomento del empleo de trabajadores minusválidos.

b) El capítulo VII del Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Centros Especiales de Empleo, definidos en el artículo 42 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos.

c) Los artículos 12 y 13 del Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad.

d) El Real Decreto 870/2007, de 2 de julio, por el que se regula el programa de empleo con apoyo como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.

e) El Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, por el que se regulan las unidades de apoyo a la actividad profesional en los centros especiales de empleo.

f) El Real Decreto 282/1999, de 22 de febrero, por el que se establece el programa de Talleres de Empleo.

g) La Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, por la que se adecuan al régimen jurídico establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones las normas reguladoras de subvenciones que se concedan por el Servicio Público de Empleo Estatal en los ámbitos de empleo y de formación profesional ocupacional.

h) Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 9 de marzo de 1994, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas por el Instituto Nacional de Empleo para la realización de acciones de comprobación de la profesionalidad, información profesional, orientación profesional y búsqueda activa de empleo, por entidades e instituciones colaboradoras sin ánimo de lucro.

i) Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 20 de enero de 1998, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo.
j) Orden TAS/2643/2003, de 18 de septiembre, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones para la puesta en práctica de programas experimentales en materia de empleo.

k) Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social 13 de abril de 1994, por la que se regula la concesión de las ayudas y subvenciones sobre fomento del empleo de los trabajadores minusválidos según lo establecido en el capítulo II del Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo.

l) Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 16 de octubre de 1998, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de la integración laboral de los minusválidos en centros especiales de empleo y trabajo autónomo.

m) Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 19 de diciembre de 1997, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas, por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito de la colaboración con órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, Comunidades Autónomas, Universidades e instituciones sin ánimo de lucro, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social.

n) Orden TAS/2435/2004, de 20 de julio, por la que se excepcionan determinados programas públicos de mejora de la ocupabilidad en relación con la utilización del contrato de inserción y se modifica la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 19 de diciembre de 1997, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito de la colaboración con órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos, Comunidades Autónomas, Universidades e instituciones sin ánimo de lucro, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social.

o) Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 26 de octubre de 1998, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones por el Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito de colaboración con las corporaciones locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social.

p) Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 15 de julio de 1999, por la que se establecen las bases de concesión de subvenciones públicas para el fomento del desarrollo local e impulso de los proyectos y empresas calificados como I+E.

q) Orden TAS/1622/2007, de 5 de junio, por la que se regula la concesión de subvenciones al programa de promoción del empleo autónomo.

r) Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 13 de abril de 1994, de bases reguladoras de la concesión de las subvenciones consistente en el abono, a los trabajadores que hicieren uso del derecho previsto en el artículo 1 del Real Decreto 1044/1985.

s) Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 14 de noviembre de 2001, por la que se regulan el programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios y las Unidades de Promoción y Desarrollo y se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas a dichos programas.

t) Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 14 de noviembre de 2001, por la que se desarrolla el Real Decreto 282/1999, de 22 de febrero, por el que se establece el Programa de Talleres de Empleo, y se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas a dicho programa.

u) Orden TAS/ 3501/2005, de 7 de noviembre por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales.

2. Se derogan cuantas normas de igual o inferior rango contradigan o se opongan a lo dispuesto en el presente real decreto-ley "

Y en lo referente a las políticas activas de empleo en el ámbito de lo local nos dice:
""Artículo 2.
La dimensión local de la política de empleo.

Se modifica el artículo 4 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 4.
La dimensión local de la política de empleo.
Las políticas de empleo, en su diseño y modelo de gestión, deberán tener en cuenta su dimensión local para ajustarlas a las necesidades del territorio, de manera que favorezcan y apoyen las iniciativas de generación de empleo en el ámbito local.
De conformidad con la Constitución, con los Estatutos de Autonomía y con la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas, en ejecución de las acciones y medidas de políticas activas, podrán establecer los mecanismos de colaboración oportunos con las entidades locales.
Las entidades locales podrán participar en el proceso de concertación territorial de las políticas activas de empleo, mediante su representación y participación en los órganos de participación institucional de ámbito autonómico.

Los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas serán los responsables de trasladar al marco del Sistema Nacional de Empleo la dimensión territorial de las políticas activas de empleo y de determinar, en su caso, la representación de las entidades locales en los órganos de participación institucional de ámbito autonómico.»""
¡Ya empieza a oler!!!!!!!!!!!!!!!

Noticia de La Razón del día 10 octubre 2011

10 Octubre 11 - - N. A. C.                          

SEVILLA- El Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta (Safja) ha recurrido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) las modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo (RPT) de las agencias Servicio Andaluz de Empleo (SAE), Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (Agapa), Andaluza del Conocimiento y Servicios Sociales y Dependencia. Unas modificaciones que suponen «la adscripción de los puestos de funcionarios a las agencias», según explican fuentes del sindicato y que consideran «gravemente lesivas» para los intereses de este colectivo profesional.
El Safja abre así un nuevo frente en su batalla contra el proceso de reordenación del sector público, iniciado por el Gobierno autonómico y con el que discrepan, como demuestran sus números recursos judiciales. En concreto, los presentados en relación a las modificaciones de las RPT de estas cuatro agencias, las únicas hechas públicas hasta la fecha, están relacionados con la Orden de 5 de julio de 2011 de la Consejería de Hacienda, que para el sindicato «dimana de una norma legal que resulta completamente inconstitucional, cual es la Ley 1/2011 de 17 de febrero de reordenación del sector público de Andalucía», según aseveran en sus cuatro últimos recursos.
Entienden que las citadas modificaciones de relaciones de puestos de trabajo tienen por objeto la «adscripción orgánica y funcional del personal funcionario». Un objetivo que para el sindicato supone que los funcionarios que desempeñaban ciertas potestades públicas en Consejerías u organismos autónomos, deben sumarse de forma forzosa funcionalmente a una agencia.
En la lucha judicial que han emprendido contra la Junta, de momento, ya se han admitido a trámite los recursos contra los estatutos de las agencias y los protocolos de integración del personal de las mismas.

La oferta de empleo público 2011, en el aire
Los sindicatos que forman parte de la mesa sectorial de Administración General de la Junta temen que ésta no ponga en marcha ni convoque la oferta de empleo público para 2011 en materia de Administración General y que directamente espere a ponerla en marcha en 2012. De hecho, en una reunión de la mesa general que se celebró la semana pasada, los representantes de la Junta indicaron a las centrales sindicales que, «por el momento, no está prevista dicha publicación».
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De esta noticia se desprende que el pasado día 19 de julio se publicó la Orden 5 de Julio de 2011 que modificaba la RPT de la consejería de empleo y del SAE.
¡¡Se va cerrando el círculo!!!

lunes, 10 de octubre de 2011

Desestimado el recurso del CSIF contra la reordenación del Sector Público

El sindicato CSIF de funcionarios lleva meses golpeando con sus insultos de "enchufados" al personal de las empresas instrumentales de la Junta de Andalucía. Presentó un recurso denunciando el proceso de reordenación del sector público de Andalucía, el cual el Tribunal Superiror de Justicia de la Junta de Andalucía ha desestimado.

http://www.elmundo.es/elmundo/2011/10/05/andalucia/1317812031.html

¿Ante cuántas personas debería disculparse el CSIF publicamente?

lunes, 26 de septiembre de 2011

¿No oyes? ¡Suenan las campanas!!!!!!!!!!!

Ha llegado un nuevo mensaje. ¿qué normativa estatal impide que la Agencia SAE financie a los ALPEs que tiene que subrogar?
La orden ministerial de 15 de julio de 1999 que regulaba el programa ALPE fué derogada en febrero 2011 por el RD-Ley 3 de 2011 de reforma de las políticas activas de empleo. ¡Ya no existe ni subvención ni cofinanciación del programa ALPE a nivel estatal!, como tampoco existe subvenciones para los otros programas contemplados en las políticas activas de empleo. Lo que existe es un FONDO DE POLÍTICAS ACTIVAS DE EMPLEO que vendrá a financiar todas las actuaciones y programas que el SAE considere y proponga al Ministerio de Trabajo e Inmigración.

jueves, 15 de septiembre de 2011

Otro incumplimiento normativo?????

En la Disposición Adicional Primera de esta orden dice que a 1 de enero de 2012 tiene que estar integrado en el Júpiter toda la información contable de las fundaciones y empresas públicas, que por la reordenación, se han integrado en el Servicio Andaluz de Empleo...., ¿A qué empresas públicas se refiere? ¿A los 95 Consorcios UTEDLT?
Para cumplir con esta orden y esta disposición se tendrán que disolver previamente los Consorcios UTEDLT, ¿no?.

martes, 13 de septiembre de 2011

El segundo Diluvio.

La situación que nos están haciendo pasar....

Quizás se deba a:

¿De qué tienen miedo?.

Llevan meses y meses pateandonos públicamente. ¿Se han preguntado por qué nacieron las instrumentales de la Junta de Andalucía? Os voy a dar solo una respuesta. Las instrumentales nacieron para atender el trabajo que los llamados empleados públicos, no querían prestar a la ciudadanía, por sus horarios privilegiados, por su burocracia llevada al extremo máximo, por sus miles de escusas,.... Pero señores y señoras trabajar como empleado público significa trabajar para que los ciudadanos y ciudadanas puedan acceder a todos los servicios y gestiones que el Gobierno Estatal y/o Andaluz crea para el pueblo, porque es ese pueblo el que a través de sus impuestos nos pagan.
¿Tienen miedo de mirarse en el espejo del rendimiento de un trabajador/a de una de esas instrumentales?. ¿Tienen miedo de que ya no solo sus familiares y amigos accedan a la información de las convocatorias públicas?
Nos llaman "enchufados" y trabajamos ferozmente para y por los servicios públicos.
Ellos y ellas han podido salir a la calle porque nadie les pide cuenta, tienen un trabajo en propiedad rindan o no. Otros no nos lo hemos podido permitir.

Incumplimiento de la Ley 1 de 2011 de Reordenación del sector público de Andalucía

¿Por qué se incumple la Ley?

http://www.ugt-andalucia.tv/index.asp?codigo=1021

El supremo no aprecia delito en la reordenación del sector público de Andalucía

Hoy martes, 13 de septiembre de 2011, el diariodesevilla.es nos muestra el artículo en relación la Tribunal Supremo que no encuentra delito en el proceso de reordenación del sector público de Andalucía, archivando así la denuncia de SAFJA (sindicato corporativo).

http://www.diariodesevilla.es/article/andalucia/993369/supremo/no/aprecia/delito/alguno/la/reordenacioacuten/sector/puacuteblico.html

Todo es tener voluntad para hacer las cosas

Si antes se pudo, ahora también

sábado, 10 de septiembre de 2011

Todo empezo ese día.

Era un momento de una gran alegía, la euforía invadía a todas las personas que estaban presentes y a aquéllos que eran partícicpe. Era el principio de una nueva vida, después de todos los tumbos que se había dado de un lado para otro. 'Qué felicidad!

Un adiós.

.... es cierto que en esos momentos, tan delicados en los que estás solo contigo mismo, te pasa toda la película de la vida por la mente, en solo unos segundos....

jueves, 8 de septiembre de 2011

Si ellos/as están ahí, ¿quiénes hacen su trabajo?........ ¿los ALPEs?

Lo que iba a pasar, pasará.

Era las 6 de la mañana, las calles estaban todas vacías y solo se escuchaban los ruidos de algunos grillos y el mover de papeles por los recodos de las esquinas de las calles por donde iba atravesado lentamente, como si no quisiera seguir avanzando porque algo le esperaba....

miércoles, 7 de septiembre de 2011

lunes, 5 de septiembre de 2011

Amanecío, un día un poco, gris. Quizás sería el presagio de que algo iba a suceder....
Según la novela:
                           " Los hermanos Vicario les habían contado sus propósitos a más de doce personas (...) y éstas los habían divulgado por todas partes antes de las seis (p. 9 4 ) ."

                            " Nadie se preguntó siquiera si Santiago Nasar estaba prevenido, porque a todos les pareció imposible que no lo estuviera (p. 3 5 ) . "